Bases para la adjudicación de chiringuitos en la Rosaleda del parque durante la Feria de Hellín 2024
Primera. – Convocatoria.
El Excmo. Ayuntamiento de Hellín, a través de la concejalía de Feria y Fiestas, convoca las bases para solicitar una parcela en la Rosaleda del Parque o en la Calle Obispo Luis Amigó para instalar un chiringuito de aperitivos y comidas, durante la Feria de Hellín 2024.
Podrán solicitarla todas aquellas Cofradías y Hermandades de Semana Santa de Hellín y Asociaciones sin ánimo de lucro de carácter socio-sanitario, deportivo o cultural, que estén legalmente constituidas.
La Cofradía, Hermandad o Asociación que obtenga una de estas plazas, en ningún caso podrá subarrendarla.
Segunda. – Presentación de solicitudes.
Los solicitantes deberán presentar en el Instancia General al Ayuntamiento de Hellín por Registro electrónico la siguiente documentación:
– Instancia dirigida a la concejalía de Feria y Fiestas
– Fotocopia de los estatutos.
Tercera. – Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 29 de julio y finalizará el día 16 de agosto a las 14 horas.
Cuarta. – Lugar de instalación.
El espacio de cada una de las parcelas se repartirá entre todas las solicitudes presentadas en tiempo y forma, siendo designadas por sorteo la ubicación de cada uno de los colectivos en presencia de todos ellos que se celebrará el lunes 19 de agosto.
Quinta. – Permanencia en el recinto.
El periodo de permanencia será desde el 28 de septiembre hasta el 8 de octubre.
Sexta. – Obligaciones de los colectivos participantes.
1. Las Cofradías y Hermandades y Asociaciones con espacios en la Rosaleda del Parque o calle Obispo Luis Amigó u otro recinto ampliado, asumirán todos los gastos de alquiler y montaje de carpas y suministro eléctrico.
2. Asimismo, estos colectivos se comprometen a cumplir las condiciones higiénico-sanitarias y de consumo para la venta de alimentos, mantener diáfanos los espacios asignados para el paso y tránsito de personas y servicios de seguridad y emergencias como policía, bomberos, ambulancias, protección civil, etc.
3. Las cofradías, hermandades y asociaciones mantendrán la limpieza del entorno de su parcela, así como la ubicación de los contenedores de residuos en las zonas asignadas, evitando tener éstos a la vista del público.
Séptima. – Prohibición.
Según la Ley 2/1995, de 2 de marzo, de Castilla La Mancha, sobre la prohibición de venta y publicidad a menores de bebidas alcohólicas, no se permitirá la venta ni el suministro de bebidas alcohólicas a menores de 18 años durante las actividades realizadas por estos colectivos. Por ello todos los adjudicatarios deberán instalar en lugar visible un cartel con referencia a esta Ley.
Octava. – De la concejalía de Feria y Fiestas.
La concejalía de Feria y Fiestas se compromete a que el montaje de las carpas en las zonas asignadas esté a disposición de los colectivos para el montaje individual de infraestructuras con la suficiente antelación al primer día de comienzo de feria, así como de facilitar el suministro de agua potable y desagües.
Novena. – Seguros.
Cada Cofradía o Hermandad y Asociación deberá tener suscrita una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil con vigencia reducida a las fechas de realización de la Feria para cubrir las responsabilidades que pudieran derivarse del desarrollo de la actividad.
Decima. – Aceptación de las bases.
Las Cofradías y Hermandades y Asociaciones seleccionadas aceptan íntegramente las bases de esta convocatoria.